Planes voluntarios estatutarios: cómo afrontar adquisiciones y desinversiones

15 de octubre de 2024

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Por David Setzkorn, SVP, Líder de Prácticas de Absentismo Laboral y Discapacidad; Brice Caswell, Director de Cumplimiento de Productos y Administración Legal.

Mientras los empleadores se preparan para los nuevos estados estatutarios en 2026, hay un tema que se discute con menos frecuencia y que debe tenerse en cuenta a la hora de establecer planes privados: la adquisición o desinversión de activos de la empresa. En este blog, examinaremos tres estados y compartiremos cómo sus empleadores pueden navegar adquisiciones y desinversiones.

Antes de profundizar en el tema, es importante señalar que no todas las leyes y reglamentos sobre permisos legales retribuidos por motivos familiares y médicos abordan directamente los próximos cambios estatutarios. La mayoría de las leyes y reglamentos sobre permisos retribuidos estatutarios no tienen requisitos específicos para las adquisiciones y desinversiones. En su lugar, incluyen definiciones de sucesor en interés o tienen disposiciones específicas relacionadas con los sucesores. Por ejemplo, Colorado y Oregón incluyen la figura del sucesor en interés en su definición de empleador[i]. En virtud de la ley de permisos familiares retribuidos (PFL) de Nueva York, un empleado conserva el derecho al PFL cuando un empleador se convierte en sucesor del anterior empleador cubierto o adquiere la actividad comercial o empresarial del anterior empleador cubierto, lo que incluye las empresas conjuntas[ii].

Estado nº 1: California

California tiene normas específicas sobre la responsabilidad de los sucesores. Dicho esto, los empresarios con un plan voluntario en California deben informar al Departamento de Desarrollo del Empleo (EDD) de cualquier sucesión. Cuando un empresario adquiere una empresa distinta de la suya y continúa su actividad sin una reducción sustancial de la plantilla, se considera que ese empresario ha aceptado las condiciones del plan voluntario de la empresa adquirente. Esto significa que el empresario que adquiere el plan voluntario se compromete a mantenerlo. Toda solicitud de retirada debe presentarse al director del EDD en un plazo de 30 días a partir de la fecha de adquisición o en un plazo de 30 días a partir de la notificación del director de que el plan va a continuar, si esta fecha es posterior. A continuación, se establecen condiciones específicas para la gestión de los fondos del plan y los siniestros en curso. Se recomienda colaborar estrechamente con el EDD para garantizar el cumplimiento de estos requisitos.

En el marco de una cesión, las reclamaciones deben seguir evaluándose con arreglo al plan voluntario de la empresa matriz, a menos que la entidad cedente se retire de él. Tras la retirada, la corporación matriz sigue siendo responsable de las reclamaciones presentadas antes de la retirada, así como de las reclamaciones iniciadas antes de la fecha efectiva de retirada. ¿Qué significa esto para las reclamaciones abiertas y en curso? La responsabilidad del siniestro sigue correspondiendo al plan vigente en la fecha de inicio del periodo de prestación por incapacidad, que es la fecha de inicio del seguro voluntario de incapacidad (VDI) o del permiso familiar voluntario retribuido (VPFL). Dado que los siniestros de invalidez pueden durar hasta que el solicitante haya percibido cincuenta y dos veces la cuantía de su prestación semanal, esto significa que un siniestro podría permanecer potencialmente en su plan voluntario original hasta un año[iii]

Estados nº 2 y 3: Nueva York y Nueva Jersey

Estos dos Estados pueden analizarse conjuntamente porque sus disposiciones son similares. Tanto en Nueva York como en Nueva Jersey, el plan vigente al inicio de una solicitud será responsable del pago de las prestaciones hasta el final de dicha solicitud[iv] Nueva Jersey no cuenta con disposiciones específicas para las adquisiciones y define al empresario de forma que incluya a los sucesores[v] Nueva York sí las tiene y establece que un empresario que se convierta en sucesor de un empresario cubierto, o que adquiera un empresario cubierto, se convertirá inmediatamente en un empresario cubierto. Los empleadores deben notificar a su compañía de seguros cuando añaden nuevas entidades jurídicas a su actividad empresarial para estar cubiertos por la cobertura de incapacidad (DBL) y de baja familiar retribuida (PFL)[vi].

En pocas palabras: donde comience la prestación, allí permanecerá. Tal vez sea un poco formal, pero es cierto para todos los Estados con opciones de planes privados[vii] El plan vigente al inicio de la baja del trabajador será responsable del pago de las prestaciones hasta el final del año de prestación de esa reclamación. Dondequiera que se haya iniciado la prestación, se mantendrá. Este principio básico de la gestión de los planes obligatorios de baja médica y familiar retribuida es fundamental, sobre todo cuando se trata de cualquier tipo de reestructuración empresarial o cambio de plan. 

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[i] C.R.S. 8-13.3-503(8)(b); ORS 657B.010(14)(b).

[ii] 12 NYCRR subparte 380-7.2(f), aclarado en el Informe del primer trimestre del 2023 sobre el arbitraje del permiso familiar retribuido del Estado de Nueva York.

[iii] Guía del empresario para los procedimientos del plan voluntario (DE 2040) Revisión 5.

[iv] ); 12 NYCRR subparte 380-5.4(9)(i); N.J.A.C. 12:18-3.1(h).

[v] N.J.S.A. 43 :21-27.

[vi] 12 NYCRR subparte 380-7.2(f).

[vii] Employers' Guide to Voluntary Plan Procedures (DE 2040) Revision 5; 7 CCR 1107-4.9.1; CTPL-009-PRVP(e); Switching between private plans and Paid Family and Medical Leave (PFML) | Mass.gov; N.J.A.C. 12:18-3.1(h); 12 NYCRR subpart 380-5.4(9)(i); OAR 471-070-2460(5); RCW 50A.30.055.

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