Aunque el tipo básico de cobertura que ofrecen las Daños comerciales estándar Daños se ha mantenido, en general, sin cambios a lo largo de los años, la mayoría se ha ampliado recientemente para incluir cláusulas que quizá no se esperarían normalmente.

Se acoge con satisfacción una cobertura más amplia que ayude a los clientes a recuperarse tras un siniestro, pero estas ampliaciones suelen pasarse por alto. También existe la posibilidad de que surja confusión en torno a cómo se aplican, sobre todo cuando pueden dar lugar a una indemnización superior al límite máximo de responsabilidad previsto en la póliza, por ejemplo, la suma asegurada.

Ampliaciones y prórrogas de pólizas

Entre las «cláusulas adicionales» estándar a la cobertura básica que los peritos, los asegurados o sus representantes esperan encontrar de alguna forma podrían figurar los aumentos estacionales, las cláusulas de 72 horas, la localización y el acceso, la normativa de las autoridades públicas, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y la indexación. Sin embargo, incluso la redacción de algunas de estas ampliaciones habituales y de larga tradición está cambiando, por lo que conviene leerlas con atención. Por ejemplo, la redacción relativa a la indexación está evolucionando, ya que algunas pólizas amplían ahora la indexación de la suma asegurada hasta el final del periodo de reparación o sustitución, en lugar de hacerlo desde el inicio del periodo de seguro hasta la fecha del siniestro.

Otra ampliación con la que se encuentran cada vez más a menudo los peritos de siniestros está relacionada con el IVA. Lasimplicaciones de esta cláusula son que, en algunas situaciones, el IVA no recuperable puede ignorarse a la hora de evaluar la adecuación de la cobertura. Además, la responsabilidad de una aseguradora puede superar la suma asegurada cuando el importe adicional se refiera exclusivamente al IVA. Una vez más, es necesario analizar de forma exhaustiva y minuciosa la redacción, ya que esta ampliación afecta a los cálculos del valor en riesgo, a la constitución de reservas y al importe del pago.

Entre las cláusulas menos conocidas se incluyen, entre otras: artículos de marca, eliminación de la fallopia japónica, retirada de nidos de avispas y abejas, mejoras realizadas por el inquilino que no hayan sufrido daños, gastos de protección y resistencia frente a tormentas o inundaciones, existencias que no hayan sufrido daños, retirada de los enseres del inquilino, vertidos ilegales, desalojo de ocupantes ilegales, tala y poda de árboles, mejoras involuntarias y omisión involuntaria de contratar un seguro.

Limitaciones y consideraciones

Las ampliaciones descritas anteriormente suelen tener límites establecidos, a menudo considerables, por siniestro o en total; estos límites pueden pagarse por encima de la suma asegurada. Algunas de estas ampliaciones, más inusuales y modernas, pueden constituir coberturas independientes que no requieren que se haya producido previamente un siniestrocubierto por la póliza básica.

La actual crisis del cambio climático influye en la ampliación de cobertura que estamos considerando con mayor frecuencia: la resiliencia ante tormentas y/o inundaciones y los costes de protección. Esta ampliación suele ofrecer cobertura para las reparaciones relacionadas, que pueden resultar más costosas y de mayor alcance que la reposición tradicional (de igual por igual). El concepto consiste en «reconstruir mejor» y dejar elDaños un estado más sostenible que el que tenía antes del siniestro. Un ejemplo de un mayor coste de materiales podría ser el uso de yeso resistente al agua. Algunas cláusulas van más allá y ofrecen cobertura para las partes del Daños que no han sufrido daños. También pueden incluir los costes de Daños protección adicionales, por ejemplo, la instalación de barreras contra inundaciones. El tipo y el nivel de cobertura dependen de la redacción de la póliza.

Las palabras importan

Las condiciones de las pólizas y la cobertura ya no son genéricas; cambian y se amplían continuamente. Ahora es más importante que nunca leer detenidamente y comprender la cobertura y las condiciones. Este esfuerzo adicional contribuirá a garantizar que el cliente se beneficie de la cobertura disponible y que su derecho a indemnización se ajuste al producto que ha adquirido y a lo previsto por las aseguradoras.