29 de junio de 2017
El permiso familiar remunerado y el permiso parental remunerado son actualmente temas clave para los empleadores, que buscan ampliar las prestaciones de sus empleados. Recientemente, San Francisco ha aprobado una ordenanza sobre el permiso parental remunerado y Nueva York ha anunciado una nueva ley sobre prestaciones por permiso familiar remunerado. Estas nuevas normativas incluyen algunos elementos que entrarán en vigor el 1 de julio de 2017. A continuación se ofrece un breve resumen.
San Francisco
La ordenanza sobre el permiso parental remunerado de San Francisco (SF PPLO) afecta a todos los empleadores con sede en San Francisco que cuenten con más de 50 empleados en todo el país. Por ejemplo, una empresa con 1.000 empleados en todo Estados Unidos y 25 trabajando en San Francisco estaría obligada a ofrecer prestaciones a su equipo de San Francisco a partir del 1 de enero de 2017. Los empleadores con 35 o más empleados deben cumplir con la normativa a partir del 1 de julio de 2017, y los que tengan 20 o más empleados, a partir del 1 de enero de 2018.
La ley obliga a los empleadores a conceder seis semanas de permiso parental remunerado complementario a los empleados que trabajen en San Francisco con motivo del nacimiento de un hijo o de la acogida de un niño en adopción o en régimen de acogida. Los empleadores deben abonar hasta el 45 % del salario complementario, de modo que, al sumarlo a las prestaciones del permiso familiar remunerado de California (CA PFL), los empleados reciban hasta el 100 % de su salario bruto semanal habitual (dentro de los límites máximos establecidos por el CA PFL). El permiso debe completarse en los primeros 12 meses tras el nacimiento o la acogida del niño.
Requisitos de admisión:
- El empleado comenzó a trabajar para el empleador en cuestión al menos 180 días antes del inicio de la baja
- El empleado trabaja al menos ocho horas a la semana en San Francisco para el empleador
- Al menos el 40 % del total de horas semanales que el empleado dedica a ese empleador se realizan en San Francisco
- El empleado debe cumplir los requisitos para recibir el subsidio PFL de California por permiso parental y estar percibiéndolo.
Una forma en que los empleadores pueden cumplir con (o quedar exentos de) la PPLO de San Francisco es ofreciendo prestaciones equivalentes en el marco de su política actual de permiso parental remunerado. Los empleadores deben revisar su política para asegurarse de que cumple los siguientes requisitos mínimos de la PPLO de San Francisco:
- Se aplica a todos los empleados, independientemente de (por ejemplo):
- Jornada completa/jornada parcial
- Con salario fijo/por horas
- Sindicalizado/no sindicalizado
- Exento/no exento
- Ofrece el 100 % del salario durante un máximo de seis semanas para crear vínculos afectivos con un recién nacido, un niño adoptado o un niño acogido
- Para tener derecho a la baja, no se pueden haber trabajado más de 180 días antes del inicio de la misma
- Se aplica por igual a madres y padres
- Se aplica tanto a los cuidadores principales como a los secundarios
Otra forma en que las empresas pueden cumplir con la PPLO de San Francisco es gestionándola a través de su plan voluntario de baja por incapacidad y permiso familiar remunerado de California.
Antes de determinar si se trata de una solución viable, habría que tener en cuenta los siguientes aspectos:
- Realizar un estudio de viabilidad si el plan voluntario se financia con las aportaciones de los empleados
- Modificar el plan voluntario de CA para incluir una categoría específica para los empleados de SF que cubra el 100 % de las prestaciones
- Notificar por escrito a todos los empleados sobre los cambios en el plan, incluida la opción de darse de baja del plan voluntario
- Presentar el documento del plan revisado y la notificación a los empleados ante el EDD para su aprobación
Si las empresas no pueden cumplir con la obligación establecida por la Ordenanza sobre el Permiso Parental Remunerado de San Francisco (SF PPLO) en virtud de su política actual de permiso parental remunerado o del plan voluntario de California, deberán crear una política y un procedimiento independientes para cumplir con dicha ordenanza.
Para obtener más información sobre prestaciones, requisitos de acceso, pagos complementarios y permisos intermitentes, así como para consultar las preguntas más frecuentes, consulte laOrdenanza sobre el permiso parental remuneradoen el sitio web de la ciudad y el condado de San Francisco.
Los detalles de las prestaciones y los requisitos de cumplimiento de las nuevas leyes sobre permisos remunerados pueden resultar complejos. Si su empresa tiene alguna duda o inquietud relacionada con la nueva ordenanza de San Francisco, póngase en contacto con su director de atención al cliente de Sedgwick.
Nueva York
El 22 de febrero de 2017 se publicaron las normas de aplicación de la Ley de Prestaciones por Permiso Familiar Remunerado de Nueva York (NY PFLBL). Tras el periodo inicial de comentarios, el 24 de mayo de 2017 se publicóun borrador revisado y actualizado de la enmienda, cuyo plazo para presentar comentarios públicos acaba de concluir. Las normas propuestas pueden consultarseaquí; les mantendremos informados a medida que se vaya ultimando la enmienda.
La PFLBL de Nueva York entrará en vigor el 1 de enero de 2018 y los empleados tendrán derecho a las siguientes prestaciones:
- Cuidar de un familiar que padezca una enfermedad grave, incluyendo al cónyuge o pareja de hecho, a los hijos (biológicos, adoptados, en acogida o bajo tutela parental), a los padres, a los abuelos y a los nietos
- Crear un vínculo afectivo con un niño recién llegado durante los primeros 12 meses tras su nacimiento, adopción o acogida
- Cuidar de un cónyuge, un progenitor o un hijo debido a una situación de emergencia militar
Está previsto que la prestación semanal aumente gradualmente en los próximos años y se calcula en función de un porcentaje del salario semanal medio estatal (AWW) de Nueva York. A continuación se indican los porcentajes correspondientes a la prestación semanal:
- 1 de enero de 2018: el 50 % del salario semanal durante 8 semanas
- 1 de enero de 2019: el 50 % del salario semanal durante 10 semanas
- 1 de enero de 2020: el 60 % del salario semanal durante 10 semanas
- 1 de enero de 2021: el 67 % del salario semanal durante 12 semanas
Las prestaciones están concebidas para financiarse íntegramente con las cotizaciones de los empleados, que se deducirán de su salario. Las tasas de financiación ya se han fijado y se han establecido en el 0,126 % del salario semanal medio del empleado (con un límite máximo del salario semanal medio del estado de Nueva York, que asciende a 1.305,92 dólares) o 1,65 dólares a la semana. Los empleadores pueden comenzar a realizar las deducciones de nómina a partir del 1 de julio de 2017.
Los empleados a tiempo completo tienen derecho a esta prestación tras 26 semanas consecutivas de empleo cubierto en Nueva York, y los empleados a tiempo parcial, tras 175 días de empleo cubierto en Nueva York. Cuando un empleado se reincorpora al trabajo, debe ser reincorporado al mismo puesto o a uno equivalente al que ocupaba antes de acogerse a la PFLBL.
Sedgwick está dispuesta a prestar apoyo a los clientes para los que gestionamos solicitudes de prestaciones por incapacidad reglamentarias en Nueva York, con el fin de ayudarles a cumplir con la PFLBL. A la espera de la publicación de la normativa definitiva, recomendamos a los empleadores que:
- Analizar los datos demográficos de su plantilla para determinar si algún empleado cumple los criterios de elegibilidad
- Consulte con un asesor en prestaciones y/o un asesor jurídico para obtener orientación sobre la elaboración de políticas y planes, incluida la actualización de los manuales del empleado o de la documentación sobre permisos para incorporar la PFLBL
- Preparar los procesos de nómina para añadir otra deducción correspondiente a la PFLBL
- Prepárese para mantener la cobertura sanitaria actual de los empleados mientras dure la PFLBL
Para obtener más información sobre los requisitos y las prestaciones, consulteel programa de permisos familiares remunerados de Nueva Yorken el sitio web del Estado de Nueva York.
> Este artículo se publicó originalmente en larevista «The Edge», número 7. Haz clic aquí para leer más artículos de nuestros expertos.
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