Nuevas leyes sobre permisos retribuidos

29 de junio de 2017

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El permiso familiar retribuido y el permiso parental retribuido son actualmente temas clave para las empresas que buscan ampliar las prestaciones para sus empleados. Recientemente, San Francisco introdujo una ordenanza de permiso parental retribuido y Nueva York anunció una nueva ley de prestaciones por permiso familiar retribuido. Estas nuevas normativas incluyen algunos elementos que entran en vigor el 1 de julio de 2017. A continuación se ofrece un breve resumen.

San Francisco

La ordenanza sobre el permiso parental retribuido de San Francisco (SF PPLO) afecta a todos los empresarios con sede en San Francisco y más de 50 empleados en todo el país. Por ejemplo, una empresa con 1.000 empleados en todo EE.UU. y 25 trabajando en San Francisco estaría obligada a proporcionar prestaciones a su equipo de San Francisco a partir del 1 de enero de 2017. Las empresas con 35 o más empleados deberán cumplir la normativa a partir del 1 de julio de 2017 y las empresas con 20 o más empleados el 1 de enero de 2018.

La ley obliga a las empresas a proporcionar seis semanas de permiso parental retribuido complementario a los empleados que trabajen en San Francisco por el nacimiento de un hijo y la colocación de un hijo en adopción o acogida. Las empresas deben proporcionar hasta el 45% de la paga complementaria, de modo que, combinada con las prestaciones del permiso familiar retribuido de California (CA PFL), los empleados percibirán hasta el 100% de su salario bruto semanal normal (sujeto a los máximos del CA PFL). El permiso debe completarse en los 12 primeros meses tras el nacimiento o la colocación del hijo.

Requisitos:

  • El trabajador comenzó a trabajar para la empresa cubierta al menos 180 días antes del inicio de la baja.
  • El empleado realiza al menos ocho horas semanales de trabajo en San Francisco para el empresario
  • Al menos el 40% del total de horas semanales del empleado para esa empresa se realizan en San Francisco
  • El empleado debe ser elegible y recibir CA PFL para la vinculación del bebé

Una manera en que los empleadores pueden cumplir con (o estar exentos de) la SF PPLO es proporcionando beneficios equivalentes bajo su política existente de permiso parental pagado. Los empleadores deben revisar su política para asegurarse de que cumple los siguientes requisitos mínimos de la SF PPLO:

  • Se aplica a todos los empleados independientemente de (por ejemplo):
    • Tiempo completo/tiempo parcial
    • Asalariado/hora
    • Sindical/no sindical
    • Exento/no exento
  • Proporciona el 100% de la paga hasta seis semanas por establecer un vínculo afectivo con un recién nacido, un hijo adoptado o un hijo en acogida.
  • El derecho a la excedencia no puede ser superior a los 180 días de trabajo anteriores al inicio de la misma.
  • Se aplica por igual a madres y padres
  • Se aplica tanto a los cuidadores principales como a los secundarios.

Otra forma en que los empleadores pueden cumplir con la SF PPLO es tramitándola en el marco de su plan de baja voluntaria por incapacidad/permiso familiar retribuido de California.

Habría que tener en cuenta los siguientes aspectos antes de determinar si se trata de una solución viable:

  • Realizar un estudio de viabilidad si el plan voluntario se financia con las aportaciones de los empleados.
  • Modificar el plan voluntario de CA para incluir una clase separada para los empleados de SF que pagaría el 100% de la prestación.
  • Notificar por escrito a todos los empleados el cambio de plan, incluida la posibilidad de renunciar al plan voluntario.
  • Presentar el documento revisado del plan y la notificación del empleado al EDD para su aprobación.

Si los empleadores no pueden cubrir la obligación de SF PPLO bajo su política de licencia parental remunerada existente o plan voluntario CA, entonces deben crear una política y un proceso separado para cumplir con la ordenanza.

Para obtener más información sobre las prestaciones, los requisitos, los pagos complementarios y el permiso intermitente, junto con las preguntas más frecuentes, consulte la Ordenanza sobre el permiso parental retribuido en la página web de la ciudad y el condado de San Francisco.

Los detalles de las prestaciones y los requisitos de cumplimiento de las nuevas leyes sobre permisos retribuidos pueden ser complejos. Si su empresa tiene preguntas o dudas relacionadas con la nueva ordenanza de San Francisco, póngase en contacto con su director de servicios al cliente de Sedgwick.

Nueva York

El 22 de febrero de 2017 se publicó el reglamento de la Ley de Prestaciones por Permiso Familiar Remunerado de Nueva York (NY PFLBL). Después del período inicial de comentarios, el 24 de mayo de 2017 se publicó un proyecto de enmienda revisado y actualizado, que acaba de cerrarse para más comentarios públicos. Los reglamentos propuestos se pueden ver aquí; seguiremos actualizándolos a medida que se finalice la enmienda.

La NY PFLBL entrará en vigor el 1 de enero de 2018 y los empleados recibirán prestaciones a:

  • Asistencia sanitaria grave de un miembro de la familia, incluidos el cónyuge, la pareja de hecho, los hijos (biológicos, adoptados, en acogida o in loco parentis), los padres, los abuelos y los nietos.
  • Vínculo con un nuevo hijo durante los 12 primeros meses tras el nacimiento, la adopción o la colocación en un hogar de acogida
  • Cuidado de un cónyuge, padre o hijo como consecuencia de una exigencia militar

Está previsto que la prestación semanal aumente gradualmente en los años siguientes y se basa en un porcentaje del salario medio semanal (SST) de todo el estado de Nueva York. A continuación se indican los porcentajes de la prestación semanal:

  • 1 de enero de 2018: 50% del salario semanal durante 8 semanas
  • 1 de enero de 2019: 50% del salario semanal durante 10 semanas
  • 1 de enero de 2020: 60% del salario semanal durante 10 semanas
  • 1 de enero de 2021: 67 % del salario semanal durante 12 semanas

Las prestaciones se financiarán íntegramente mediante las cotizaciones de los trabajadores, que se deducirán de su salario. Los porcentajes de financiación ya se han finalizado y se han fijado en el 0,126% del salario semanal medio del empleado (con un tope del salario semanal medio del estado de Nueva York de 1.305,92 $) o 1,65 $ por semana. Los empleadores pueden comenzar las deducciones de nómina a partir del 1 de julio de 2017.

Los empleados a tiempo completo tienen derecho a la prestación tras 26 semanas consecutivas de empleo cubierto en Nueva York y los empleados a tiempo parcial tienen derecho a la prestación tras 175 días de empleo cubierto en Nueva York. Cuando un empleado se reincorpora a su puesto de trabajo, debe volver a ocupar el mismo puesto o uno comparable al que tenía antes de acogerse al PFLBL.

Sedgwick está preparada para apoyar a los clientes para los que administramos reclamaciones de incapacidad legal en Nueva York para ayudarles a cumplir con la PFLBL. A la espera de la publicación de la normativa definitiva, recomendamos a los empleadores:

  • Evaluar los datos demográficos de sus empleados para determinar si alguno de ellos cumple los criterios de admisibilidad.
  • Póngase en contacto con un consultor de prestaciones y/o un asesor jurídico para que le orienten en el desarrollo de políticas/planes, incluida la actualización de los manuales de los empleados o el material sobre permisos para incluir la PFLBL.
  • Preparar sus funciones de nómina para añadir otra deducción para el PFLBL
  • Prepárese para mantener la cobertura sanitaria existente de los empleados durante la vigencia del PFLBL

Para más información sobre los requisitos y las prestaciones, consulte el programa de permisos familiares retribuidos de Nueva York en la página web del Estado de Nueva York.

> Este artículo se publicó originalmente en el número 7 de la revista edge. Haga clic aquí para leer más opiniones de nuestros expertos.

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