Aviso sobre el marco de protección de datos

Introducción

Sedgwick Claims Management Services Inc. y EFI Global Inc. (en lo sucesivo, «Sedgwick») cumplen con el Marco de Protección de Datos UE-EE. UU. (EU-U.S. DPF) y la Extensión del Reino Unido al EU-U.S. DPF, tal y como lo establece el Departamento de Comercio de los Estados Unidos. Sedgwick ha certificado ante el Departamento de Comercio de EE. UU. que se adhiere a los Principios del Marco de Protección de Datos UE-EE. UU. (Principios del EU-U.S. DPF) en lo que respecta al tratamiento de datos personales recibidos de la Unión Europea y del Reino Unido en virtud del EU-U.S. DPF y de la Extensión del Reino Unido al EU-U.S. DPF.

En caso de conflicto entre las condiciones del presente Aviso sobre el Marco de Protección de Datos y los Principios del DPF UE-EE. UU., prevalecerán dichos Principios. Para obtener más información sobre el programa del Marco de Protección de Datos (DPF) y consultar nuestra certificación, visitehttps://www.dataprivacyframework.gov/.

Sedgwick es responsable del tratamiento de los datos personales que recibe en virtud del DPF y de las transferencias posteriores a terceros que actúen como agentes en su nombre. Para obtener más información sobre qué datos personales tratamos y la finalidad del tratamiento, consulte aquí el aviso de privacidad de Sedgwick. Sedgwick cumple con los principios del DPF en todas las transferencias posteriores de datos personales desde la UE y el Reino Unido, incluidas las disposiciones relativas a la responsabilidad por las transferencias posteriores.

La Comisión Federal de Comercio tiene competencia sobre el cumplimiento por parte de Sedgwick del Acuerdo de Protección de Datos UE-EE. UU. (DPF) y de la Extensión del Reino Unido al Acuerdo de Protección de Datos UE-EE. UU. (DPF). En determinadas situaciones, es posible que se exija a Sedgwick que revele datos personales en respuesta a solicitudes legítimas de las autoridades públicas, incluso para cumplir con requisitos de seguridad nacional o de aplicación de la ley.

Las personas de la UE y del Reino Unido que tengan consultas o reclamaciones sobre nuestro tratamiento de los datos personales recibidos al amparo del Marco de Protección de Datos UE-EE. UU. (DPF) y de la Extensión del Reino Unido al DPF UE-EE. UU. deben ponerse en contacto en primer lugar con Sedgwick enviando un correo electrónico a [email protected] o [email protected].  

Datos no relacionados con los recursos humanos

De conformidad con el Marco de Protección de Datos UE-EE. UU. (DPF) y la Extensión del Reino Unido al DPF UE-EE. UU., Sedgwick se compromete a resolver las reclamaciones relacionadas con los Principios del DPF sobre nuestra recopilación y uso de su información personal relativa a datos personales no relacionados con los recursos humanos recibidos en virtud del DPF UE-EE. UU. y la Extensión del Reino Unido al DPF UE-EE. UU., ante el ICDR-AAA, un proveedor de resolución alternativa de litigios con sede en los Estados Unidos. Si no recibe una confirmación oportuna de su reclamación relacionada con los Principios del DPF por nuestra parte, o si no hemos resuelto su reclamación relacionada con los Principios del DPF a su satisfacción, visite https:/go.adr.org/dpf_irm.html para obtener más información o presentar una reclamación. Los servicios de ICDR-AAA se prestan sin coste alguno para usted.

A efectos de claridad, los datos no relacionados con los recursos humanos incluyen todos los datos personales que Sedgwick trata en nombre de sus clientes.

Datos de recursos humanos

En cumplimiento del Marco de Protección de Datos UE-EE. UU. (DPF) y de la Extensión del Reino Unido al DPF UE-EE. UU., Sedgwick se compromete a cooperar y a cumplir, respectivamente, con las recomendaciones del grupo de expertos establecido por las autoridades de protección de datos de la UE (DPA) y la Oficina del Comisionado de Información del Reino Unido (ICO) en relación con las reclamaciones no resueltas relativas a nuestro tratamiento de datos de recursos humanos recibidos al amparo del Marco de Protección de Datos UE-EE. UU. y la Extensión del Reino Unido al Marco de Protección de Datos UE-EE. UU. en el contexto de la relación laboral.

En el caso de reclamaciones relativas al cumplimiento de las normas del DPF que no se hayan resuelto mediante ninguno de los demás mecanismos del DPF, tiene la posibilidad, bajo ciertas condiciones, de recurrir a un arbitraje vinculante. Puede encontrar más información en la página web oficial del DPF aquí.

Control de documentos:

Clasificación: Público
Región: Internacional
Tipo: Estándar
Responsable del documento: Riesgos y Regulación
Fecha de la última revisión: 5 de febrero de 2026
Fecha de la próxima revisión: 5 de febrero de 2027
Control de versiones: V3.0 Final