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Por David Setzkorn, MBA, CSPO, CPCU, vicepresidente sénior y responsable del área de cumplimiento normativo y absentismo laboral

Hacer frente a una lesión o enfermedad ya es bastante doloroso de por sí, pero lidiar con la legislación sobre bajas laborales supone un quebradero de cabeza adicional. La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), la Ley de Licencia Familiar y Médica (FMLA) y la legislación sobre indemnización por accidentes de trabajo (WC) tienen cada una sus propias normas, plazos y requisitos de documentación. A veces se solapan, otras veces entran en conflicto. 

Vamos a desenredar este lío y a ayudarte a evitar que una situación complicada se complique aún más.

Definición de los tres grandes:

La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) es una ley federal que prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad y exige que se realicen adaptaciones razonables.

La Ley de Licencia Familiar y Médica (FMLA) es una ley federal que concede a los empleados que cumplan los requisitos hasta 12 semanas de licencia no remunerada con protección del puesto de trabajo por determinados motivos médicos o familiares.

La indemnización por accidente laboral (WC) esun seguro obligatorio establecido por el Estado que cubre los gastos médicos y la pérdida de salario de los empleados que sufren un accidente en el trabajo.

Tres leyes, tres normas, un entorno de pruebas

Dado que cada ley regula aspectos distintos, cada una tiene requisitos diferentes en cuanto a la documentación que puedes (y debes) solicitar.

La documentación prevista por la ADApermite aportar más detalles. Los empleadores pueden solicitar documentación razonable que explique cómo la afección limita la capacidad del empleado para desempeñar sus funciones. Si se solicita una baja, la documentación debe estar relacionada con la afección concreta. Además, es el empleador, y no un médico, quien determina si el empleado cumple los requisitos.

La documentación relativa a la FMLAes la más restrictiva. Los empleadores pueden solicitar un certificado médico que acredite una afección grave, pero no el historial médico detallado. Los empleadores también pueden solicitar una segunda o tercera opinión, corriendo ellos con los gastos.

La documentación para la indemnización por accidente laborales un tema complejo. Los requisitos varían según el estado, pero suelen exigir un certificado de un médico autorizado para la indemnización por accidente laboral. Si la indemnización por accidente laboral y la FMLA se solapan, es posible que ni siquiera sea necesario que intervenga el médico personal del empleado.

En lo que respecta a la documentación, no se puede generalizar. Hay que ceñirse a lo que está permitido solicitar; de lo contrario, te estarás buscando aún más problemas.

Prestaciones durante la baja

La continuidad de las prestaciones puede resultar complicada de gestionar; es ahí donde muchos empleadores tropiezan.

La ADAno garantiza la continuidad de las prestaciones, pero debes tratar la baja por motivos de la ADA igual que cualquier otra baja no relacionada con la ADA.

La FMLAes la única ley que exige la continuidad del seguro médico durante la baja. Siempre que el empleado pague su parte, la cobertura se mantiene.

La indemnización por accidente laboralno exige la continuidad de las prestaciones, pero si la baja por accidente laboral cumple los requisitos de la FMLA, deberás gestionarlas simultáneamente para no infringir inadvertidamente las protecciones de la FMLA.

Si la baja por enfermedad (WC) y la Ley de Licencia Familiar y Médica (FMLA) coinciden en el tiempo (lo cual ocurre con frecuencia), se aplican las protecciones de la FMLA, como la cobertura sanitaria. De lo contrario, serán las políticas de prestaciones de tu organización las que se encarguen de cubrir las necesidades.

Trabajo ligero o baja

Otra diferencia entre las legislaciones es si una baja requiere una autorización o si basta con realizar tareas livianas. 

La ADAexige que se considere el trabajo liviano como una adaptación razonable, a menos que ello suponga una carga excesiva para el empleador.

La FMLAno contempla las tareas livianas en su normativa y, si un empleado acepta realizar tareas livianas, la baja terminará.

Las normasvarían de un estado a otro, pero en la mayoría de ellos los empleados deben aceptar trabajos ligeros adecuados o se arriesgan a perder sus prestaciones.

Si ofreces trabajo ligero en virtud de la Ley de Compensación Laboral (WC), considera ofrecerlo también en virtud de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), y aplica siempre la Ley de Licencia Familiar y Médica (FMLA) de forma simultánea con la WC cuando sea aplicable. Cuando las políticas de tu organización estén alineadas en consecuencia, estarás más protegido frente a posibles errores legales.

Por qué es importante

Gestionar las coincidencias y las diferencias entre estas leyes puede resultar confuso, y también arriesgado. Sin embargo, conocer las diferencias y comprender sus requisitos es la mejor manera de cumplir con la normativa, apoyar a tus empleados y evitar errores que podrían salir muy caros.

Recuerda que esto es solo una visión general. Entre las diferencias entre estados y los convenios colectivos, hay muchos más aspectos que tener en cuenta. Si tienes alguna duda, consulta con tu departamento jurídico o de recursos humanos, o visita sedgwick.com para obtener más recursos.